L’Alfàs recuerda que estamos en Estado de Alarma y solo se puede circular por la vías públicas para los siguientes casos

-Para adquirir alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad

-Para asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios

-Para desplazarnos al lugar de trabajo, y efectuar nuestra prestación laboral,profesional o empresarial.

-Para el retorno al lugar de residencia habitual

-Para asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

-Para desplazarnos a entidades financieras y de seguros.

-Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad

-Por cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa debidamente justificada.

Se permite igualmente la circulación de vehículos particulares por vías de uso público, tanto para realizar las actividades anteriormente mencionadas como para repostar en gasolineras o estaciones de servicio, debiendo respetar en cualquier desplazamiento las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.