La Generalitat Valenciana ha decretado nuevas medidas para frenar la pandemia, que entrarán en vigor a partir de mañana jueves 21 de enero y se mantendrán durante los próximos 14 días. En concreto, estas nuevas medidas consisten en el cierre de centros recreativos de mayores y jóvenes, y de actividades festeras; el cierre de la hostelería, el de salas de bingo, casinos, salones recreativos, juegos y apuestas, y de la actividad comercial a partir de las 18 horas.

Asimismo, se contempla el cierre de instalaciones y centros deportivos, y la reducción de aforos en zonas comunes de residencias de estudiantes, así como en velatorios, entierros y celebraciones.

Desde el Ayuntamiento de l’Alfàs se hace un llamamiento a la población para que cumpla las nuevas medidas decretadas por el Consell, con el fin de frenar el aumento de contagios y aliviar la situación de tensión que sufre el sistema hospitalario valenciano. El objetivo de estas nuevas medidas es reducir los contactos sociales, ya que se han convertido en la principal causa de contagio.

La concejala de Sanidad de l’Alfàs, Marisa Cortés, ha querido lanzar un mensaje claro y contundente. “Apelamos a la responsabilidad de toda la población y les pedimos que no se relajen, que sigan cumpliendo las medidas de seguridad, porque sólo así se podrán frenar las transmisiones del virus. No hay que bajar la guardia”, ha declarado.

 

Cierre cautelar de establecimientos, espacios y actividades

Se cierran los centros recreativos de mayores (hogares del jubilado) y de jóvenes (ludotecas, centros de ocio juvenil) con suspensión de la actividad, así como de los centros donde se desarrollen actividades festeras tradicionales, de las previstas en el Decreto 28/2011, de 18 de marzo, del Consell. Con suspensión en dichos centros o locales de las actividades festeras tradicionales.

También se establece el cierre de bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos de ocio, salvo que en los mismos se preste servicio de recogida de comida y/o bebida en el local o envío a domicilio. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales, establecimientos y actividades que, en virtud de sus especiales características, presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible.

Por lo tanto se exceptúan los servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de profesionales; servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos; servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados; servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (Colegios de Educación Primaria, Institutos y Universidades). Asimismo, se exceptúan los servicios de restauración en áreas de servicio de vías de comunicación.

 

Cierre de locales comerciales

También se determina el cierre los locales comerciales y superficies comerciales a partir de las 6 de la tarde. Se exceptúa de lo anterior, la actividad comercial de los establecimientos y locales comerciales dedicados a la actividad comercial esencial de alimentación, higiene, farmacias, ortopedias, ópticas, servicios de peluquería y centros de veterinaria, únicamente para la venta de dichos productos, así como departamentos dedicados a todas las actividades mencionadas que se puedan encontrar en el interior de los establecimientos.

Además, se determina el cierre de los establecimientos y cese de actividades en salas de bingo, casinos, salones recreativos, juegos y apuestas.

 

Cierre cautelar de espacios deportivos

Se determina el cierre de instalaciones y centros deportivos, excepto aquellos destinados a la práctica de deporte profesional en competiciones oficiales. No se podrá practicar actividad física o deporte en centros deportivos, clubs, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, etc.

El detalle de estas medidas podrá consultarse en la resolución que será publicada hoy en el DOGV.

 

Medidas relativas a residencias de estudiantes, velatorios, entierros y celebraciones

En las residencias de estudiantes se limita el uso de zonas comunes al 30% del aforo (incluidos comedores, donde se pueden establecer turnos) y siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención, y se prohíbe las visitas a las residencias de estudiantes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 15 personas en espacios al aire libre o de 10 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes y siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad. Estas medidas también serán de aplicación a las ceremonias no religiosas que puedan realizarse en instalaciones públicas o privadas.

resolucion 19 de enero 2021_530

Adjuntos