El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi ha puesto en marcha un nuevo plan de ayudas dirigido al sector productivo local, autónomos y pymes, dotado con 117.526 euros por la Diputación Provincial de Alicante. “Los solicitantes van a poder obtener hasta 4.000 euros de subvención para financiar sus gastos corrientes”, ha informado el concejal de Hacienda, José Plaza, quien recuerda que todas las gestiones se deben formalizar telemáticamente a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

Las solicitudes se deben presentar anexando los impresos normalizados y demás documentación exigida en la convocatoria. En la página web municipal está disponible toda la información y documentación de la convocatoria. https://ciudadano.lalfas.es

El plazo abierto para la presentación de solicitudes será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.

Para poder concurrir a estas ayudas el promedio mensual de facturación de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022), debe ser igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019. También es requisito imprescindible que el domicilio fiscal se encuentre en el término municipal de l’Alfàs del Pi.

Se trata de una nueva convocatoria de ayudas destinada a minimizar el impacto económico que el Covid continúa teniendo en los sectores productivos: en todas las personas y entidades, pymes, micropymes, pequeñas empresas autónomas y profesionales del municipio de l’Alfàs. La cuantía total de este nuevo paquete de ayudas asciende a 117.526 euros, y se financiarán al 100 % con cargo a la Diputación de Alicante, inyectándose íntegramente la partida a las empresas y negocios locales.

Entre los gastos a justificar para las ayudas se encuentra la cuota de autónomos; el alquiler mensual del local de negocio; los gastos de consultoría y asesoría; los gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio; los gastos de servicio de telefonía e internet referidos necesariamente a la actividad; los gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad; los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/ jurídica solicitante de la ayuda, etc.

En el supuesto de que la cantidad global que resulte de sumar el importe de todas las ayudas económicas obtenido por la aplicación de los criterios anteriores, supere o sea inferior a la cuantía de 117.526,00 euros, se procederá a disminuir o aumentar su importe de forma proporcional hasta alcanzar dicha cuantía.

BASES_2022_006994

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