Comisiones Informativas

 

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Las Comisiones Informativas tendrán sesiones ordinarias, los lunes, o inmediato/s hábil anterior, si aquél/los fuere/n festivo/s, a la celebración del/los Plenos ordinarios.

Comisión de Urbanismo.

 

Descripción

Es un órgano colegiado obligatorio para el estudio, informe o consulta, – salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes-, de los asuntos que haya de resolver el Pleno, entre otras, en las siguientes materias: ordenación realizando el seguimiento de todos aquellos trabajos relacionados con el diseño de planeamiento municipal que deba concretarse en el Plan General de Ordenación del Territorio municipal; gestión, ejecución y disciplina urbanística; promoción y gestión de viviendas, parques y jardines, pavimentación de vías públicas urbanas y conservación de caminos y vías rurales; cementerio,- suministro de agua potable y alumbrado público, servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales; acceso a los núcleos de población; inmuebles municipales; protección del medio ambiente; playas y litorales municipales; mercado municipal; riqueza forestal y su protección; agricultura; proyectos; autorizaciones; convenios urbanísticos; transportes; obras públicas en general, incluidas las hidráulicas y saneamiento; protección y fomento de la industria y el turismo; protección de barrancos; preservación, promoción y conservación de los espacios naturales municipales para su disfrute colectivo, colaborando con todo tipo de interesados y mediante convenio o concierto con otras Administraciones; impulso de políticas de concertación y participación de las distintas Administraciones Territoriales y proyectos de construcción y financiación de infraestructuras ,medioambientales, que favorezcan que el municipio cumpla los objetivos fijados por las Directivas Comunitarias sobre medio ambiente y ecología; regulación de actividades potencialmente contaminantes o generadoras de molestias, insalubres, nocivas y peligrosas en el marco municipal y competencial estatal y autonómico; promoción y gestión de viviendas en el ámbito territorial municipal en coordinación con las  competencias estatales y autonómicas. Y, en general, dictaminará en todas aquellas materias urbanísticas de competencia del Pleno, reguladas en el art. 22 y 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y demás legislación de régimen local y sectorial concordante. Así mismo, por último, podrá en relación con las materias descritas, efectuar el seguimiento de la gestión del Alcalde, de los actos que trate la Junta de Gobierno Local, así como los de los Concejales/as que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las materias relacionadas con las competencias de control que corresponden al Pleno, y estudiar las sugerencias y reclamaciones que al respecto formulen los ciudadanos e interesados.

Miembros :

Comisión informativa constituida el día 29 de junio de 2023.

Presidente: D. Vicente Arques Cortés.

Grupo Municipal Socialista (3 Miembros):

Titulares:
– D. Vicente Arques Cortés.
– Dña. María Teresa García Madrid.
– D. Antoni Such Arques.

Suplentes: Cualquier Concejal del GM Socialista del Ayuntamiento.

Grupo Municipal Partido Popular (1 Miembro):

Titular: Dña. María Arantzazu González de Zárate Unamuno.
Suplente: D. César Martínez Tejedor.

Grupo Municipal VOX (1 Miembro)

Titular: D. Manuel Ángel Saz Planelles.
Suplente: Dña. María José Fuster Pérez.

Comisión de Bienestar Social, de Cultura y Educación.

Descripción

Es un órgano colegiado obligatorio  para el estudio, informe o consulta,- salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos urgentes-, de los asuntos que haya de resolver el Pleno, entre otras, en las siguientes materias: prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social; servicios para el bienestar social del conjunto de la población municipal; servicios para el bienestar social de determinados sectores de la población municipal; servicios para el bienestar social de marginados. Defensa de usuarios y consumidores; participación en la gestión de la atención primaria de la salud; protección de la higiene y salubridad públicas; control de alimentos y bebidas; ordenación, en el aspecto sanitario del comercio ambulante y de la venta ambulante en mercadillos o mercados ocasionales o periódicos. Promoción, excepto la ordenación fiscal, del comercio municipal en general. Servicios para la promoción de la mujer y servicios de atención a los mayores. Promoción de las asociaciones vecinales y de la participación de los ciudadanos en los asuntos de competencia municipal; promoción de la información y asesoramiento de la mujer: promoción del servicio de orientación y prevención de salud integral, planificación familiar, y atención psicológica; promoción, elaboración y desarrollo de programas de actuación dirigidos a combatir los problemas derivados de la prostitución, drogadicción y alcoholismo, colaboración en los ámbitos sanitarios y de servicios sociales con otras Administraciones Públicas; promoción, diseño y ejecución de programas dirigidos a personas con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, sin perjuicio de los que se relacionan en la Comisión Informativa de Hacienda, y,  en general, dictaminará en todas aquellas materias de servicios sociales y sanidad, de competencia del Pleno, reguladas en el art. 22 y 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y demás legislación de régimen local y sectorial concordante. Así mismo, por último, podrá en relación con las materias descritas efectuar el seguimiento de la gestión del Alcalde, de los actos que trate la Junta de Gobierno Local, así como los de los Concejales/as que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las materias relacionadas con las competencias de control que corresponden al Pleno y estudiar las sugerencias y reclamaciones que al respecto formulen los ciudadanos e interesados.

Así mismo, actividades y/o instalaciones educativas, ocupación del tiempo libre en el ámbito de la educación; participación en la programación de la enseñanza y cooperar con la administración Educativa en la creación, construcción y sostenimiento de los centros docentes públicos, intervención en sus órganos de gestión y participación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria; becas por estudio; promoción, diseño y ejecución de programas de formación y educación de adultos/as, en el ámbito municipal, posibilitando programas referidos a la educación no reglada, campañas de analfabetismo funcional de la población masculina y femenina adulta, proporcionando una formación básica que les permita una mayor participación en la vida social y cultural y, en su caso, una posible integración en programas de formación ocupacional que faciliten sus condiciones de acceso al mercado de trabajo; sin perjuicio de los programas enunciados en la Comisión Informativa de Hacienda; promoción, diseño y ejecución de programas de intercambios educativos, lingüísticos, con la colaboración de todo tipo de interesados, para potenciar el uso de las diversas lenguas que conviven en el municipio a fin de posibilitar un mejor conocimiento cultural y vertebración social y vecinal; promoción, diseño y ejecución de programas de educación especial colaborando con los centros docentes públicos radicados en el municipio. Actividades o instalaciones culturales; ocupación del libre tiempo en todas las facetas culturales; cultura en general, arte e historia; archivos, bibliotecas, hemerotecas, museos; exposiciones y concursos subvenciones a manifestaciones culturales, planes de infraestructura cultural; patrimonio histórico-artístico; diseño y ejecución de programas de prospección e intervenciones arqueológicas en el municipio, así como para la conservación, difusión y puesta en valor del patrimonio local; relaciones con los centros docentes privados; radio y televisión; (medios de comunicación locales); conferencias; cursos en general, idiomas; aulas de informática; cerámica; fotografía; aulas de imagen y sonido; videoteca y fonoteca; danza y ballet; música; revistas; creación literaria; festivales; certámenes, y en cuantas manifestaciones culturales puedan programarse en la Casa de la Cultura y en el Museo al aire libre de la Villa Romana de l`Albir. Y, en general, dictaminará en todas aquellas materias de educación y cultura, de competencia del Pleno, reguladas en el art. 22 y 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y demás legislación de régimen local y sectorial concordante. También dictaminará en las siguientes materias (relacionadas con el Deporte, la Juventud y Fiestas), tales como, entre otras:  actividades y/o instalaciones deportivas; ocupación del tiempo libre en materia deportiva subvenciones a manifestaciones deportivas y cultura física; planes de infraestructura deportiva: actividades relacionadas con la juventud; fiestas populares y tradicionales. Promoción, diseño y ejecución de programas culturales para los jóvenes del municipio; promoción, diseño y ejecución de programas locales de empleo juvenil en el municipio, sin perjuicio de los relacionados en la Comisión Informativa de Hacienda; y actividades relacionadas con las O.N.G’s. Y en general dictaminará en todas aquellas materias de deportes, juventud y fiestas, de competencia del Pleno, reguladas en el art. 22 y 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y demás legislación de régimen local y sectorial concordante.  Así mismo, por último, podrá en relación con las materias descritas efectuar el seguimiento de la gestión del Alcalde, de los actos que trate la Junta de Gobierno Local, así como los de los Concejales/as que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las materias relacionadas con las competencias de control que corresponden al Pleno y estudiar las sugerencias y reclamaciones que al respecto formulen los ciudadanos e interesados.

MIEMBROS:

Comisión informativa constituida el día 29 de junio de 2023.

Presidencia delegada: Doña María Luisa Torres Ríos.

Grupo Municipal Socialista (3 Miembros).

Titulares:
– D. Vicente Arques Cortés.
– Dña. María Teresa García Madrid.
– Dña. María Isabel Cortés Berenguer.

Suplentes: Cualquier Concejal del GM Socialista del Ayuntamiento.

Grupo Municipal Partido Popular (1 Miembro) :

Titular: Dña. María Luisa Torres Ríos.
Suplente: D.César Martínez Tejedor.

Grupo Municipal VOX (1 Miembro) :

Titular: Dña. María José Fuster Pérez.
Suplente: D. Manuel Ángel Saz Planelles.

* Propuesta de la Alcaldía para la delegación de la presidencia efectiva: don César Martínez Tejedor.

Comisión de Hacienda, Régimen Interior, Personal y Especial de Cuentas.

Descripción

Es un órgano colegiado obligatorio para el estudio, informe o consulta,– salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes-, de los asuntos que haya de resolver el Pleno, entre otras, en las siguientes materias: determinación de los recursos propios de carácter tributario; presupuestos; cuentas; ingresos; pagos; empréstitos; inventarios y balances; patrimonio; seguimiento de la ejecución del presupuesto y de las inversiones en general; planificación económica; Tecnologías de la Información y la Comunicación; Seguridad en lugares públicos; ordenación del tráfico de vehículos y personas en las vías urbanas; ordenación del transporte de servicio público en vehículos ligeros (taxis); policía local. Los acuerdos relativos a la participación en organizaciones supramunicipales; alteración del término municipal; creación y supresión del municipio; creación de órganos desconcentrados; cambio de nombre de éste o de aquellas entidades y la adopción o modificación de su bandera, enseña o escudo. Aprobación de Reglamentos y de las Ordenanzas, así como de las demás disposiciones de general que sean de competencia municipal. Aprobación de las normas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización. Aceptación de la delegación de competencias hechas por otras Administraciones Públicas. Planteamiento de conflicto de competencias con otras Entidades Locales y demás Administraciones Públicas. Alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público del municipio. Moción de censura al Alcalde. Transferencia de funciones o actividades a otras Administraciones Públicas. Materias relacionadas con el Reglamento de protocolo, y especial de honores y distinciones del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. Ordenación, excepto los aspectos sanitarios, del comercio ambulante y de la venta ambulante en mercadillos o mercados ocasionales o periódicos. Protección civil; protección y extinción de incendios; mancomunidades, consorcios; en materia de control y compras dictaminará de todos los expedientes de contratación cuyas resolución corresponde al Pleno; estadística; encuestas; análisis sociológicos. Organización y funcionamiento de los recursos humanos. Aprobación de la plantilla de personal; relación de puestos de trabajo; fijación de la cuantía de las retribuciones complementarias fijas y periódicas de los funcionarios y el número y régimen del personal eventual (según dispone la Ley 7/85). Separación del servicio de los funcionarios de la Corporación, y la ratificación del despido del personal laboral; acuerdos o pactos entre el Ayuntamiento y los funcionarios; convenios colectivos; seguridad e higiene en el trabajo. Diseño, programación y desarrollo de aquellas materias relacionadas con la Agencia de Desarrollo Local en l`Alfàs del Pi; programas de formación e inserción laboral en los centros y espacios municipales ; programas de empleo para la rehabilitación de espacios urbanos; programas que impulsen la formación, el empleo y el autoempleo, colaborando con los agentes económicos y sociales de l’Alfàs del Pi, con el fin de analizar, planificar y coordinar las actuaciones en materia de orientación laboral, formación para el empleo y desarrollo local en el municipio, colaborando con las demás Administraciones en la articulación de políticas activas de empleo. Así mismo, por último podrá en relación con las materias descritas efectuar el seguimiento de la gestión del Alcalde, de los actos trate la Junta de Gobierno Local, así como los de los Concejales/as que delegaciones, sin perjuicio de las materias relacionadas con las competencias control que corresponden al Pleno y estudiar las sugerencias y reclamaciones que al respecto formulen los ciudadanos e interesados.

 

La Comisión Especial de Cuentas, que se constituye con carácter de permanencia desarrollará las funciones y competencias que la Ley 7/85, de 2 abril, de la Ley 8/2010, de 23 de junio de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana y disposiciones de desarrollo. Y en general dictaminará en todas aquellas materias económicas, financieras, presupuestarias, de régimen interior, personal, y de cuentas, de competencia del Pleno reguladas en el art. 22 y 47 de la Ley 7/85, de 2 de abril;  Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; y demás legislación local y sectorial concordante. Así mismo,  por último, podrá en relación con las materias descritas efectuar el seguimiento de la gestión del Alcalde, de los actos que trate la Junta de Gobierno Local, así como los de los Concejales/as que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las materias relacionadas con las competencias de control que corresponden al Pleno y estudiar las sugerencias y reclamaciones que al respecto formulen los ciudadanos e interesados.

MIEMBROS:

Comisión informativa constituida el día 29 de junio de 2023.

Presidente: D. Vicente Arques Cortés.

Grupo Municipal Socialista (3 Miembros):

Titulares:
– D. Vicente Arques Cortés.
– Dña. María Teresa García Madrid.
– D. Antoni Such Arques.

Suplentes: Cualquier Concejal del GM Socialista del Ayuntamiento.

Grupo Municipal Partido Popular (1 Miembro):

Titular: Dña. María Arantzazu González de Zárate Unamuno.
Suplente: D. César Martínez Tejedor.

Grupo Municipal VOX (1 Miembro)

Titular: D. Manuel Ángel Saz Planelles.
Suplente: Dña. María José Fuster Pérez.