El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi aprobaba, en el pleno del mes de mayo de 2024, la cesión de 9.215 m2s de suelo para la construcción de viviendas de protección pública. En estos momentos valora las posibilidades de ceder más metros, según ha manifestado el concejal de Urbanismo, Toni Such, “con el fin de obtener un mejor aprovechamiento del espacio y poder ofertar un número mayor de viviendas”.
Unas viviendas que se destinarán a alquiler asequible, según acuerdo adoptado con la directora general de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVHA) Estefanía Martínez, en una reunión mantenida en l’Alfàs, con la teniente alcalde, Mayte García, el concejal de Urbanismo, Toni Such, y técnicos municipales.
El encuentro ha servido para avanzar en el desarrollo del Plan Vive de la Generalitat es esta localidad alicantina. La directora general de la EVHA ha mostrado su satisfacción porque “la suma de esfuerzos y movilización de recursos de las dos administraciones va a garantizar que l´Alfàs del Pi cuente con vivienda a precio regulado, dando respuesta a la ciudadanía a una necesidad tan imperante”.
Del mismo modo, ha asegurado que, de esta manera, “los municipios se convierten en parte activa del plan, permitiéndoles decidir dónde se ubicarán las nuevas viviendas”.
Esta parcela se cederá a través del mecanismo de mutación demanial. Se trata de un acto administrativo por el cual, un bien de dominio público, en este caso el solar, cambia su destino para servir a un fin público diferente, sin que deje de ser un bien público.
La directora general de la EVHA ha recordado que este tipo de viviendas se destinarán a personas que, debido a la situación actual del mercado inmobiliario, tienen dificultades para acceder a una vivienda. Entre estos colectivos destaca los jóvenes, cuyo decreto de Viviendas de Protección Pública (VPP) de la Generalitat reserva el 40 % de los inmuebles.
Para poder optar a estas viviendas, las personas o unidades de convivencia deben cumplir una serie de requisitos básicos: ingresos máximos y mínimos, no tener vivienda en propiedad y la vivienda arrendada debe ser la residencia habitual y permanente.