La regulación incorpora nuevas obligaciones para los usuarios de patinetes eléctricos, ciclistas, motoristas y riders, además de reforzar la protección de los usuarios vulnerables de la vía.
El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi informa de la entrada en vigor, hoy 1 de octubre, de la nueva normativa de tráfico que introduce cambios en la circulación y en los requisitos de seguridad para motos, bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP), como los patinetes eléctricos.
La reforma adapta el Reglamento General de Circulación a la evolución de la movilidad durante las últimas dos décadas, con un cambio de enfoque que sitúa a las personas y a los entornos urbanos en el centro de la planificación de la movilidad.
Entre las principales novedades figura, por primera vez, la definición de “usuario vulnerable de la vía”, que engloba a aquellas personas que, por el medio de desplazamiento que utilizan o por sus características físicas o edad, presentan un mayor riesgo de sufrir lesiones o de que estas sean más graves en caso de accidente.
Nuevas obligaciones para los usuarios de patinetes
La normativa fija en 15 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP).
Los usuarios de estos vehículos deberán utilizar casco de protección y llevar chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad. En el caso de los profesionales que circulen en VMP, ambas medidas serán obligatorias en todo momento.
El incumplimiento de estas obligaciones está considerado una infracción grave y puede conllevar una sanción de 200 euros.
Los VMP deberán circular además con el alumbrado encendido y, fuera de los núcleos urbanos, podrán circular por vías segregadas de los vehículos a motor cuando así esté permitido, como vías ciclistas o carriles bici.
Más protección para los ciclistas
La nueva regulación elimina las excepciones existentes al uso del casco en vías interurbanas, por lo que todos los ciclistas deberán utilizarlo cuando circulen por este tipo de vías.
Los ciclistas que desarrollen su actividad profesional, como los riders, deberán utilizar casco y chaleco reflectante en todo momento. El incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción grave sancionada con 200 euros.
También se refuerza la protección durante los adelantamientos. En vías interurbanas, los conductores que adelanten a un ciclista deberán reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Además, cuando la calzada tenga más de un carril por sentido, deberán cambiar completamente de carril y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros.
En las vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para mejorar su seguridad. Los vehículos a motor deberán mantener una distancia mínima de 5 metros respecto a los ciclistas que circulen delante de ellos en el mismo carril.
Asimismo, en determinadas calles de un solo carril y con una velocidad máxima de 30 km/h o inferior, el Ayuntamiento podrá permitir, previa señalización, la circulación de bicicletas en ambos sentidos.
Nuevas obligaciones para motoristas
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en todo tipo de vías. El incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción grave y puede sancionarse con 200 euros.
La normativa también establece que los cascos de protección utilizados por los usuarios de ciclomotores deberán estar homologados, y no únicamente certificados.
Los riders que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento, obligación cuyo incumplimiento está considerado infracción grave y se sanciona con 200 euros.
En situaciones de congestión del tráfico, las motocicletas podrán circular por el arcén derecho cuando el tramo esté expresamente señalizado, sin superar los 30 km/h.
Nuevas normas para situaciones de emergencia
La reforma regula también el denominado carril de emergencia. Cuando, debido a una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan detenidos, deberán colocarse de forma que quede libre un espacio central para facilitar el paso de los vehículos de policía y de los servicios de emergencia.
En autopistas y autovías, cuando la circulación se vea dificultada por la nieve, estará prohibido adelantar y los vehículos deberán circular únicamente por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves.
También se establece que los vehículos que rebasen a otros que estén inmovilizados por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deberán mantener una separación lateral de 1,5 metros y reducir su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la vía.
Más novedades en las vías urbanas
El nuevo Reglamento General de Circulación incorpora un Título VI dedicado específicamente a la circulación en zonas urbanas.
Entre las novedades se encuentran los llamados caminos escolares seguros, definidos como vías acondicionadas para facilitar que niños y niñas puedan desplazarse hasta los centros educativos caminando, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.
La norma también regula el estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos que sobresalgan del perímetro del vehículo, deberán descansar únicamente sobre sus neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.
Además, en los pasos de peatones regulados por semáforo, como norma general, no deberá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones.
Una movilidad más segura y centrada en las personas
La reforma persigue adaptar las normas de circulación a la transformación que ha experimentado la movilidad en los últimos veinte años, reforzando la seguridad de quienes utilizan medios de transporte más vulnerables y prestando una especial atención a los entornos urbanos.
La nueva regulación se alinea también con varios objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, entre ellos la mejora de la salud y el bienestar, el impulso de una movilidad más sostenible, la construcción de ciudades más seguras y sostenibles y la acción frente al cambio climático.
La mayor parte de las nuevas normas entra en vigor el 1 de octubre de 2026. No obstante, las disposiciones relativas al alumbrado obligatorio de los VMP y al casco homologado para los usuarios de motocicletas entrarán en vigor el 1 de octubre de 2027.
















